| Artículo 32 |
|
La Junta Directiva estará formada por el Presidente de la Asociación, que a su vez presidirá dicha Junta, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Vicesecretario, un Tesorero y dos Vocales. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus componentes y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. |
| < Anterior | Siguiente > |
|---|



